miércoles, 9 de noviembre de 2022

EL FALSO ECUMENÍSMO DEL HEREJE E IMPOSTOR "SAN"JUANPABLOSEGUNDO-ELMAGNO- DE LOS CONSERVADORES Y LINEA MEDIA



El 12 de diciembre de 1986, Juan Pablo II reconoce al Gran Muftí de Siria, Ahmed Kaftaro, la autoridad religiosa mas importante alguna vez ida a Italia:
“¡Todos losdías leo un fragmento del Corán!”.
El 24 de mayo de 1999, al recibir en Roma a dos dignatarios iraquíes, Juan Pablo II besó el Corán. Este libro niega la Santísima
Trinidad, niega que Jesucristo sea Dios y resucitara y exhorta a sus fieles a asesinar a todos aquellos Cristianos que se nieguen a
convertirse al islam.
Aquí adjunto algunos versos dirigidos a los Cristianos:
“Y tu Señor reveló a los ángeles: "Yo estoy con vosotros; por tanto fortaleced a los creyentes. Voy a infundir el terror en los
corazones de los cristianos. Así que golpead por encima de los cuellos y golpeadlos en todas las puntas de los dedos”. (Corán 8,12)
“No sois vosotros quienes los habéis matado, sino que es Alá quien los ha matado”. (Corán 8,17)
[Nota: se absuelve al combatiente del islam de sus crímenes.]
“Entonces, si los domináis [a los cristianos] en la guerra, infligidles un castigo ejemplar de manera que los que están detrás de ellos
se espanten”. (Corán 8,57)
“Después de que expiren los meses sagrados, matad a los asociadores (los cristianos) donde los encontréis. Capturarlos, asediadlos y acechadlos en cualquier emboscada”. (Corán 9,5.)
“Combatid contra los que no creen en Alá ni en el último día, que no prohíben lo que Alá y su enviado han prohibido y que no
profesan la religión de la verdad, entre aquellos que han recibido el Libro, hasta que paguen la capitación con sus propias manos,
después de ser humillados”. (Corán 9,29)
“¡Oh vosotros que creéis! Combatid a los que no creen que están cerca de vosotros; y que encuentren la dureza en vosotros”.
(Corán 9,123.).
“La recompensa de los que hacen la guerra contra Alá y su enviado, y se esfuerzan por sembrar la corrupción en la tierra, es que los
maten, o los crucifiquen, o que les corten su mano y su pierna opuestos, o que los expulsen del país. Será para ellos la ignominia
aquí abajo; y en el más allá, habrá para ellos un enorme castigo”. (Corán 5,33)

miércoles, 2 de noviembre de 2022

LOS HEREJES NO TIENEN NINGUNA AUTORIDAD EN LA IGLESIA DE CRISTO, PORQUE ELLOS NO SON MIEMBROS DE ESTA SACROSANTA INSTITUCIÓN



AFIRMAR QUE LA IGLESIA CATÓLICA, APOSTÓLICA Y ROMANA PUEDE SER GOBERNADA POR UN FALSO PROFETA DEL ANTICRISTO O FALSO PAPA ES LO MISMO QUE SOSTENER QUE LAS PUERTAS DEL INFIERNO (LOS HEREJES) HAN PREVALECIDO.
Papa Virgilio, Segundo Concilio de Constantinopla, 553: “… tenemos en cuenta lo que fue prometido para la Santa Iglesia y Aquel que dijo que las puertas del infierno no prevalecerán contra ella (por puertas del infierno entendemos que son las lenguas mortales de los herejes)…”.
Papa San León IX, 2 de septiembre de 1053: “La Santa Iglesia edificada sobre la piedra, esto es, sobre Cristo, y sobre Pedro (…) porque en modo alguno había de ser vencida por las puertas del infierno, es decir, por las disputas de los herejes, que seducen a los vanos para su ruina”.
Santo Tomás de Aquino (+1262): “La sabiduría pueda llenar los corazones de los fieles, y silenciar la terrible insensatez de los herejes, adecuadamente representados como las puertas del infierno”. (Introducción a Catena Aurea).
Papa Inocencio III, Eius exemplo, 18 de diciembre de 1208: “Creemos de todo corazón y profesamos con nuestros labios una sola Iglesia, NO DE HEREJES, sino la Santa Iglesia, Romana, Católica y Apostólica, fuera de la cual creemos que nadie puede salvarse”.
San Francisco de Sales (siglo XVII), Doctor de la Iglesia, The Catholic Controversy [La Controversia Católica],edición inglesa, pp. 305-306: “Ahora bien, cuando él [el Papa] es explícitamente un hereje, cae ipso facto de su dignidad y fuera de la Iglesia…” (Solo un Antipapa puede caer en la herejía, no los Papas legítimos. Esto es solo para recalcar que el hereje quedaría descubierto como Falso Profeta y expulsado por usurpar un lugar que no le corresponde).
Papa León XIII, Satis cognitum, # 19, 29 de junio de 1896: “Tal ha sido constantemente la costumbre de la Iglesia, apoyada por el juicio unánime de los Santos Padres, que siempre han mirado como excluido de la comunión católica y fuera de la Iglesia a cualquiera que se separe en lo más mínimo de la doctrina enseñada por el magisterio auténtico”.
Papa Pío VI, Auctorem fidei, 28 de agosto de 1794: “47. Igualmente la proposición que afirma ser necesario según las leyes naturales y divinas que tanto a la excomunión como a la suspensión deba preceder el examen personal, y que por lo tanto las sentencias dichas ipso facto no tienen otra fuerza que la de una seria conminación sin efecto actual alguno, es falsa, temeraria, injuriosa a la potestad de la Iglesia y errónea”.
Canon 1325 §1-2, Código de Derecho Canónico de 1917: “§1. Están obligados los fieles cristianos a confesar públicamente la fe siempre que su silencio, tergiversación o manera de obrar llevaría consigo negación implícita de la fe, desprecio de la religión, ofensa de Dios o escándalo del prójimo. §2. Si alguien después de haber recibido el bautismo, conservando el nombre de cristiano, niega pertinazmente alguna de las verdades que han de ser creídas con fe divina y católica o la pone en duda, es hereje; si abandona por completo la fe cristiana, es apóstata…”
San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, II, 30, hablando de un reclamante del oficio papal: “Porque, en primer lugar, se demuestra con argumentos de autoridad y por la razón de que el hereje manifiesto es depuesto ‘ipso facto’. El argumento se basa en la autoridad San Pablo (Tito 3, 10), que ordena que evitemos al hereje después de dos advertencias, es decir, después de haber mostrado ser manifiestamente obstinado – lo que significa que es antes de cualquier excomunión o sentencia judicial. Y es por eso que San Jerónimo escribe, agregando que los otros pecadores están excluidos de la Iglesia por la pena de excomunión [ferendae sententiae=proceso formal], pero los herejes, por sus propios actos, se destierran y se separan del cuerpo de Cristo [latae sententiae=excomunión automática]”.
San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, II, 30: “… pues los hombres no están obligados, o en condición de leer los corazones, pero cuando ven que alguien es un hereje por sus obras exteriores, lo juzgan puro y simplemente que es un hereje, y lo condenan como tal”.
Papa Eugenio IV, Concilio de Florencia, “Cantate Domino”, 1441: “La Santa Iglesia Romana firmemente cree, profesa y enseña que aquéllos que no están en el seno de la Iglesia católica, no solamente los paganos, sino también los judíos o herejes y cismáticos…”