Se recuerda la firma del decreto N° 33.302 del 20 de diciembre de 1945 cuando por impulso del Coronel Juan Perón se crea el "Instituto Nacional de Remuneraciones" y se otorga, por primera vez en forma masiva, el sueldo anual complementario.
De origen español, el aguinaldo llegó junto con los inmigrantes y sus costumbres, entre otras, sindicalistas. El aguinaldo es una gratificación, una especie de propina, correctamente dicho nació con el fin de ser un regalo de Navidad, sin embargo hoy se convirtió en un derecho adquirido.
El 1er. aguinaldo en Argentina se promulgó en Jujuy en 1924, el Colegio Electoral había consagrado gobernador a Benjamín Villafañe, quien obtuvo el apoyo de una coalición de radicales ‘disidentes’ (no eran los yrigoyenistas) y conservadores.
La ley fue propuesta por Jorge Villafañe y Arturo Palisa Mujica, 2 diputados de origen radical, pero la ley no incluía a todos los trabajadores en el cobro del aguinaldo, sino a todo el personal del servicio y ordenanzas públicos.
Por unanimidad se aprobó la Ley Nº619: “Acuérdase al personal de servicio y ordenanzas de la administración medio mes de sueldo imputando el gasto a rentas generales”.
Pasaron más de 20 años hasta 1945. La Argentina era presidida por el presidente de facto Edelmiro Farrell, quien había llegado al poder tras el golpe de Estado del año anterior, y el coronel Juan Domingo Perón, cada día más popular, se encontraba ocupando los cargos de ministro de Guerra, secretario de Trabajo y Previsión y vicepresidente de la Nación.
Por decreto N° 33.302 del 20 de diciembre de 1945 el Coronel Juan Perón crea el “Instituto Nacional de Remuneraciones”, se otorga un aumento salarial y se instituye, por primera vez, el sueldo anual complementario o aguinaldo.
Ante la reacción oligárquica, el 10 de octubre de 1945, el coronel Juan Perón es forzado a renunciar a los cargos de Vicepresidente, Ministro de Guerra y Secretario de Trabajo y Previsión. En un acto improvisado Perón -ya sin cargos- se despide de los trabajadores desde las antiguas oficinas de la Secretaría de Trabajo y Previsión. Evita estaba presente. Allí, Perón pronuncia un célebre discurso en el que detalla un avanzado programa de reivindicaciones laborales.
Resaltó: “También dejo firmado un decreto de una importancia extraordinaria para los trabajadores. Es el que se refiere al aumento de sueldos y salarios, implantación del salario móvil, vital y básico y la participación en las ganancias. Dicho decreto, que he suscripto en mi carácter de Secretario de Estado tiene las firmas de los ministros de Obras Públicas y de Marina, y beneficia no solamente a los gestores de la iniciativa -la Confederación de Empleados de Comercio-, sino a todos los trabajadores argentinos”.
Los acontecimientos después de la renuncia de Perón son conocidos: entre el 10 y el 12, estuvo clandestino, el 13 fue detenido y llevado a Martín García. Acontecería, luego la jornada histórica del 17 de octubre, con la gran movilización obrera y popular, marchando desde los barrios obreros, desde las fábricas, hacia la Plaza de Mayo. En Rosario, La Plata, Ensenada, Berisso, y en otros lugares, se dieron importantes movilizaciones populares.
La lucha para que se hiciera efectivo el Decreto continuó por varios meses. El 11 de diciembre, se realizó un acto en Plaza de Mayo, convocado por la CGT, el sindicato de Empleados de Comercio y la Federación de Empleados Telefónico. El reclamo central era por la sanción del decreto.
Las movilizaciones y reclamos, dieron sus frutos cuando se dio a conocer el 20 de diciembre de 1945 el Decreto 33.302, por el cual se aumentan los salarios, se creaba el Instituto Nacional de Remuneraciones, cuya función era entre otras fijar el salario mínimo y se instituyó el sueldo anual complementario o aguinaldo.
La medida provocó gran júbilo en los sectores populares, indignó a los sectores patronales e incluso también a quienes ironizaban acerca del absurdo que significaba suponer que el año tenía trece meses, como expresaba Jorge Luis Borges. Se dejó en suspenso la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas.
La Unión Industrial y la Bolsa de Comercio coincidieron en sostener la ilegalidad de la medida y que era imposible aplicarla. Unos días después, más de dos mil delegados del Comercio, la Industria y la Producción se reunieron en la Bolsa de Comercio. Allí se resolvió desconocer la medida e impulsar un lock out de tres días en todo el país del 14 al 16 de enero de 1946.
Los empresarios paralizaron el país durante tres días, mientras los trabajadores se movilizaban y realizaron varios paros reclamando que se respetara lo establecido en el Decreto 33.302 y se hiciera efectivo el pago del aguinaldo.
Con el correr de los días ante la firme respuesta de los asalariados, los patrones fueron aceptando lo establecido en el Decreto. Una vez más habían chocado los intereses de empresarios y trabajadores.
El aguinaldo o salario número 13 posteriormente fue dividido en 2 pagos anuales por la Ley Nº17.620/68. Idealmente serían el 30/06 y el 31/12, sin embargo la Cámara del Trabajo de la capital federal falló que pagar dentro de los 4 días hábiles posteriores al vencimiento de cada uno de los semestres también estaba permitido, como margen a los empleadores.
El aguinaldo se estableció como el 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del 1er. semestre o 2do., según corresponda. Así quedó establecido en el artículo 3º del Decreto Nº 1.078/84. Se incluye el sueldo bruto, las comisiones, horas extras, a cuenta de futuros aumentos, viáticos, premio por asistencia y premio por puntualidad, pero NO se deben incluir las asignaciones familiares, beneficios sociales, viáticos pagados contra comprobantes de gastos y rubros no remunerativos.
A fines de 1945 y comienzos de 1946 las elecciones se disputaban entre la Unión Democrática (Tamborini-Mosca) y el Laborismo (Perón-Quijano), y contra todo pronóstico, el futuro Partido Justicialista se impuso, en las elecciones del 24/02/1946, con el 53% de los votos contra el 43% que sacó la UD.
Una vez en la Presidencia, el aguinaldo fue ratificado por la Ley Nº12.921, el 20/12/1946.
El aguinaldo no es una práctica generalizada en el mundo y son pocos los que lo tienen como una ley constitucional. Es común que muchos trabajadores cobre una suerte de “bonos” a fin de año, pero estos están librados a voluntad de los gerentes y los balances de las empresas.
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